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Estos son los principales incrementos para 2019

Como es habitual, el inicio de año viene acompañado de cambios económicos que deben tenerse en cuenta a la hora de calcular los gastos.

Organizar las finanzas es uno de los propósitos más populares al comenzar un Año Nuevo: dejar de adquirir cosas innecesarias y fortalecer hábitos como el ahorro hacen parte de los pasos para cumplir este anhelo.

Por eso, calcular los gastos es uno de los elementos más importantes cuando se desea tener las finanzas controladas.

Con ese enunciado, al arrancar esta anualidad resulta importante tener en cuenta los cambios que se vienen para este 2019. Hasta la fecha, el salario mínimo es uno de los principales indicadores que permiten ver, con una mayor claridad, la transformación que tendrán algunos costos en la vida de los colombianos.

Tal es el caso de las multas de tránsito, el SOAT, las cuotas moderadoras de las EPS y los servicios notariales, entre otros, que a partir de este 1° de enero registraron un incremento del 6 %.

Por ejemplo, una persona que por su vehículo familiar haya pagado en 2018 $365.000 de SOAT, con el incremento del 6 % en el salario mínimo pasa a pagar en 2019 $21.900 adicionales, es decir, un total de $386.900. Aquí es importante tener presente que este seguro varía dependiendo del tipo del automotor, su cilindrada y modelo.

Si se revisan las tarifas de comparendos, patios y grúas, el incremento del 6 % en las mismas, según la Secretaría de Movilidad de Bogotá, establece que el costo de la inmovilización de una motocicleta, o un vehículo similar, por día es de $25.700; para el caso de los vehículos livianos y medianos es de $79.300; vehículos pesados, $220.100; bicicletas, $4.200, y carretillas, $8.900. Todos estos varían dependiendo del número de días de inmovilización.

Por otra parte, el servicio de grúas quedó de la siguiente manera: motos y similares $116.000; livianos $127.000; medianos $193.000 y pesados $284.000.

En cuanto a comparendos, las sanciones van desde los $220.000, para quien conduzca sin licencia, hasta los $828.100, para quien se pase un semáforo en rojo, amarillo o una señal de pare.

Siguiendo con la categoría de transporte, el precio del combustible abrió 2019 con buenas noticias. Luego de un constante aumento durante 2018, el promedio nacional de la gasolina y del ACPM para enero registraron reducciones de 0,7 % y 0,57 %, respectivamente.

El Ministerio de Minas comunicó que el precio promedio nacional para la gasolina en el mes de enero es de $9.068 y el del ACPM es de $8.481.

Otro de los incrementos, que por costumbre suceden con el inicio de un nuevo año, es el de los arriendos. Estos, a diferencia de los anteriores, no varían dependiendo del salario mínimo sino de la inflación. Hay que tener en cuenta que hasta la fecha la modificación más reciente de este dato no ha sido aportada por el DANE, por lo que para el siguiente cálculo se utilizará la cifra proyectada a 2019 que se sitúa en un 3,3 %.

Siguiendo con este ejemplo, si una persona pagaba de arriendo en 2018 $1’200.000, en 2019, teniendo en cuenta la inflación proyectada, pasará a pagar $39.600 adicionales. En este caso, el nuevo precio del alquiler sería de $1’239.600.

Al respecto es importante hacer varias aclaraciones. La Federación Colombiana de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas), explica que este incremento solo podrá aplicarlo la persona que pone en arriendo un inmueble siempre y cuando se haya cumplido el año del contrato. Es decir que, si el acuerdo con el arrendatario culmina en el mes de abril, hasta dicha fecha no se podrá aplicar la subida del costo.

Por otro lado, quien pone en arriendo un inmueble debe notificar al arrendatario el incremento, vía escrito, tres meses antes de finalizar el contrato. De igual forma el costo del arriendo no puede superar el 1 % del valor del inmueble.

Además del salario mínimo existe otro determinante económico que ya comenzó a regir y, de entrada, también anuncia un incremento en el bolsillo de muchos colombianos. La Unidad de Valor Tributaria (UVT), es decir, la medida que ayuda a calcular cuánto se debe pagar en impuestos, pasó de equivaler $33.156 en 2019, para consolidarse en los $34.270.

La UVT, por ejemplo, es utilizada al calcular la declaración de renta. La ley de financiamiento, que hasta el momento no impacta este escenario, puesto que se sigue declarando bajo el mismo régimen de 2018, propone que aquellas personas cuyos ingresos sean superiores a 1.090 UVT, es decir $37’354.300, y que no rebasen las 1.700 UVT ($58’259.000), deberán pagar un impuesto que se calcula restándole 1.090 UVT a la base gravable y multiplicar el resultado por el 19 %.

El impacto de la reforma tributaria

La denominada ley de financiamiento también tendrá un peso representativo en el bolsillo de los colombianos para este año. Probablemente uno de los cambios que puedan significar un mayor impacto en esta materia sea el del impuesto plurifásico a la cerveza y gaseosas que, según cálculos de actores presentes en esa industria, como la embotelladora Coca-Cola Femsa, podría hacer que el costo del producto aumente cerca del 12 %.

Según este dato, si una botella de gaseosa costaba $2.500, con el impuesto plurifásico —que grava el producto en varios eslabones, desde su elaboración hasta su consumo— pasaría a costar $2.800.

Por otro lado, los propietarios de inmuebles cuyo valor supere los 26.800 UVT, es decir, $918’436.000, deberán pagar un impuesto correspondiente al 2 %. De igual forma, aquellos cuyo patrimonio supere los $5.000 millones deberán tributar el 1 %.

Aún con todo lo anterior, es importante tener en cuenta el último dato de la inflación que será reportado esta semana por el DANE, de esa forma la persona que se propuso tener bajo control sus finanzas este año podrá refinar aún más sus cuentas al tener presentes los nuevos y eventuales gastos que depara el 2019.

Fuente: https://www.elespectador.com